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Plenoil incrementará su inversión en Castilla-La Mancha aumentando su presencia a 15 gasolineras

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Plenoil abre en Guadalajara su gasolinera número 100

Plenoil, empresa líder en el sector de las gasolineras low cost, continúa con su plan de expansión y ha inaugurado recientemente su segunda gasolinera en Guadalajara. Su objetivo, con 40 aperturas realizadas durante 2021 se ha cumplido: terminar el año con más de 100 instalaciones operativas en la península.

En Castilla-La Mancha, la compañía española ya está presente en las provincias de Albacete, Ciudad Real y Guadalajara. Su objetivo para 2022 es afianzar su presencia actual, aumentar su inversión y estar presente en toda Castilla-La Mancha con aperturas en Cuenca y Toledo. Su objetivo es finalizar el año acercándose a las 15 gasolineras abiertas en la Comunidad y más de 35 puestos de trabajo directo a jornada completa, ha informado la compañía en nota de prensa.

Albacete, Hellín, Villarrobledo, La Solana, Tomelloso y Guadalajara son las localidades castellanomanchegas que ya disfrutan del mejor precio y calidad de sus carburantes. En estas gasolineras, al igual que en todas las de la marca, el precio medio de su carburante es de 10-15 céntimos más barato por litro y sus clientes consiguen un ahorro medio familiar de 280 a 320 euros anuales.

«Nuestra compañía presenta el mayor crecimiento en este sector y estamos convencidos de que nuestro modelo de negocio nos llevará a mantenernos como la principal empresa de gasolineras automáticas low cost en 2022, superando los 500 millones de litros suministrados. Para ello, contamos con aumentar nuestra presencia en comunidades como Castilla-La Mancha donde queremos crecer significativamente», comenta José Rodríguez de Arellano, consejero delegado de Plenoil.

Todas las gasolineras Plenoil están atendidas por personal de la compañía la mayor parte del día y disponibles en autoservicio las 24 horas, todos los días de la semana.

Cuatro organizaciones plantean recurrir el decreto que permite las gasolineras sin personal en la región

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Piden que el nuevo Ministerio de Consumo establezca una normativa nacional para blindar derechos de trabajadores y consumidores

CCOO-Industria CLM, UGT-FICA CLM, CERMI y FACUA rechazan que el Gobierno de CLM haya dado vía libre a las gasolineras desatendidas a través del Decreto 280/2019, de 23 de diciembre, de los Derechos de las personas consumidoras en instalaciones de suministro a vehículos de carburantes y combustibles líquidos o gaseosos o cualquier otro tipo de energía en Castilla-La Mancha.

Las cuatro organizaciones argumentan que es un error eliminar la obligatoriedad de contar con al menos un trabajador o trabajadora en las gasolineras, algo contemplado en el anterior decreto de 2005; y advierten que, pese a su título, el nuevo decreto no garantiza los derechos de las personas consumidoras; no cumple con la accesibilidad a este servicio público que deben tener las personas con discapacidad;  no garantiza la seguridad de las instalaciones; destruye empleo y fomenta la despoblación.

Sindicatos y organizaciones se plantean recurrir el decreto por la vía contenciosa y piden que el nuevo Ministerio de Consumo establezca una normativa nacional para blindar derechos de trabajadores y consumidores.

El secretario general de CCOO Industria CLM, Ángel León, ha detallado que, desde la liberalización del sector de estaciones de servicio y carburantes por la Ley de Emprendedores de 2013, casi todas las nuevas estaciones no cuentan ya con personal: en 2014 había 584 estaciones de servicio con 2.600 trabajadores en CLM mientras que a diciembre de 2019 había 916 con tan solo 12 trabajadores más.

Por su parte, el presidente de FACUA CLM, Paco Ferrer, ha asegurado no entender que “dependiendo del lugar donde residamos tengamos unos derechos diferentes”; y ha animado a denunciar cualquier incumplimiento a todas las personas que vean dañados sus derechos en una estación desatendida.

Las gasolineras de la región deberán contar al menos con un surtidor adaptado para personas con discapacidad

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Todas las instalaciones de suministro a vehículos de carburantes y combustibles líquidos o gaseosos o de cualquier otro tipo de energía de Castilla-La Mancha deberán contar con al menos un surtidor adaptado para personas con discapacidad.

Así consta en el nuevo Decreto de los derechos de las personas consumidoras en instalaciones de suministro a vehículos de carburantes y combustibles líquidos o gaseosos o cualquier otro tipo de energía en Castilla-La Mancha.

Dicho decreto, que entrará en vigor en dos meses, establece que las instalaciones existentes o en construcción a la fecha de la entrada en vigor de esta nueva regulación deberán adaptarse a lo establecido en el mismo en el plazo máximo de dieciocho meses contados a partir de su fecha de entrada en vigor.

Así las cosas, esta nueva regulación elaborada por la Consejería de Desarrollo Sostenible deroga el Decreto de los derechos de los consumidores y usuarios en el Servicio de Suministro al por menor de carburantes y combustibles de automoción en instalaciones de venta al público de 2005.

Entre las novedades del nuevo marco regulatorio se incorpora la garantía del derecho a la accesibilidad universal, de la Organización de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y la atención específica a las personas con discapacidad en su calidad de consumidoras y usuarias y de los requerimientos funcionales que debe reunir un espacio, una instalación o un servicio para poder ser considerados accesibles, conforme a lo dispuesto en la Ley de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en Castilla-La Mancha de 1994 y en el Decreto del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha de 1997.

De igual modo, se garantiza el derecho de las personas consumidoras a ser informadas sobre el tipo de operación u operaciones que tienen lugar en la instalación en la que se disponen a entrar, de forma que no sean inducidas a error en relación con el tipo de atención que se les va a prestar.

Este nuevo decreto, en su artículo 7 regula la necesidad de que existan, en todas las instalaciones de suministro, o en instalaciones muy próximas, servicios higiénicos a disposición de las personas consumidoras, entendiéndose por tales todas las que viajan en los vehículos que han efectuado el repostaje.

«La nueva regulación persigue por tanto eliminar el riesgo de que las personas consumidoras pierdan un derecho que se consideraba establecido positivamente», mantiene la Consejería de Desarrollo Sostenible, que permite que los aseos estén ubicados en una instalación aledaña, que puedan consistir en instalaciones fijas o portátiles y, también, que, previa decisión gubernativa y por razones de seguridad ciudadana, se pueda proceder a su cierre en determinados lugares y momentos.

Se contempla también un amplio plazo de adaptación, de dieciocho meses, para las instalaciones preexistentes que no cuenten actualmente con ellos.

La CNMC pide que nuevo decreto regional de gasolineras especifique con claridad cuándo será necesario el personal

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La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado su informe sobre el Proyecto de Decreto (PD) de gasolineras automáticas de Castilla-La Mancha que sustituirá al vigente sobre los derechos de los consumidores y usuarios en el servicio de suministro al por menor de carburantes y combustibles de automoción en instalaciones de venta al público.  El informe se emite a petición de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La normativa propuesta incluye nuevos modelos de prestación (estaciones de autoservicio y desatendidas) de suministro de combustible u otro tipo de energía, cada vez más extendidos en nuestro país. Además, refuerza la protección a los consumidores. Según la CNMC, las gasolineras desatendidas o automáticas fomentan la competencia en el sector, y están en línea con las recomendaciones recogidas en el informe de la CNMC sobre el mercado de distribución de carburantes.

En todo caso, la CNMC incluye en su informe algunos aspectos susceptibles de mejora:

-Existencia de aseos en las instalaciones. El proyecto de Decreto obliga a todas las estaciones de servicio a poner a disposición del consumidor un aseo o asegurar su presencia en una zona cercana. Esta obligación se había eliminado en el año 1992. Por ello, la CNMC recomienda justificar adecuadamente este requisito, y buscar otras alternativas, como la obligación de informar debidamente a los usuarios de la existencia o no de aseo en la estación de servicio.

-Exigencia de prestar atención personal.  Se recomienda especificar claramente las situaciones en las que la atención presencial resulte imprescindible para no desvirtuar el modelo de las gasolineras desatendidas.

-Certificación de la accesibilidad de las estaciones de servicio. Aunque es fundamental asegurar las correctas condiciones de acceso a las estaciones, la forma de acreditar esa accesibilidad debe ser flexible y conforme a la normativa de calidad vigente. De esta forma, no es preciso aludir específicamente a normas de certificación de calidad concretas, que podrían favorecer a determinados organismos de acreditación. Así, se permitiría que operadores que no cumplen con las normas concretas de calidad que fija el proyecto de Decreto de Castilla-La Mancha, pero que sí que cumplen otras normas de calidad y son efectivamente accesibles, puedan entrar en el mercado.

-Obligaciones específicas para estaciones desatendidas. Las obligaciones específicas contempladas en la nueva normativa reguladora (empleo de guantes o papel, por ejemplo) deberían extenderse a todas las gasolineras, y no solo a las automáticas.

-Por otra parte, en cuanto a las hojas de reclamaciones, cabe recordar que la protección de los derechos de los consumidores se puede garantizar mediante medios alternativos o complementarios a las hojas de reclamación físicas; por ejemplo, mediante hojas de reclamación telemáticas.

Ilustración: J.C. Florentino