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La Justicia europea avala el canon eólico de 15 millones anuales de la Junta de Castilla-La Mancha

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La Junta de Castilla-La Mancha respira aliviada. Tras un largo ir y venir judicial de casi seis años, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado la tasa aprobada en 2011 por el Gobierno regional –conocida como canon eólico– por el que las empresas promotoras de parques eólicos debían compensar por posibles daños sobre el territorio y el medio ambiente de los municipios donde se instalaban.

El caso afecta a cuatro empresas en concreto –Ibernova Promociones, Elecdey Carcelén, Energías Eólicas de Cuenca, e Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha–, que acudieron al Tribunal Superior de Castilla-La Mancha cuando vieron que la administración regional no resolvía favorablemente sus demandas sobre las liquidaciones del canon eólico de los años 2011 y 2012.

El Tribunal Europeo, con sede en Luxemburgo, asegura que la normativa “no prohíbe que los Estados miembros establezcan un canon que grave los aerogeneradores afectos a la producción de energía eléctrica ya que no constituye un impuesto que grava el consumo de productos energéticos o de electricidad”. Según el dictamen, «no existe ningún vínculo entre, por un lado, el hecho imponible del canon eólico y, por otro, la producción efectiva de electricidad por los aerogeneradores, y aún menos el consumo de electricidad producida por éstos».

El aval europeo al canon eólico de Castilla-La Mancha se produce cuando se va a cumplir un año desde que el Tribunal Constitucional dictaminara también favorablemente al mismo al haber actuado “dentro de los límites impuestos por la legislación vigente para la creación de tributos propios por parte de las Comunidades Autónomas”.

Los ingresos de dicho canon eólico se elevan a 15 millones de euros anuales que se destinan al Fondo de Desarrollo Tecnológico regional.