La CNMC avisa a Industria que no es necesario cambiar la vida útil de las plantas de purines con cogeneración

Posted on

pigs

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado el “Informe sobre la Propuesta de Orden por la que se establecen los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines aprobadas”. Una norma que tiene gran trascendencia en alunas provincias de Castilla-La Mancha, como la de Toledo, donde existen numerosas granjas de cerdos en intensivo.

El 20 de junio de 2016, el Tribunal Supremo dictó varias sentencias que declararon nulos algunos elementos que formaban parte de la retribución a las plantas de tratamiento de purines porcinos. Además, el Tribunal declaró que la Orden IET/1045/2014 ignoró las singularidades que la normativa precedente había reconocido a estas instalaciones con respecto a las de cogeneración.

En el Informe recién publicado, la CNMC realiza varias observaciones sobre la futura regulación propuesta por el  Ministerio de Industria para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo.

En concreto, la Comisión pone de manifiesto que, de reducirse la vida útil regulatoria (15 años frente a los 25 años anteriores), durante la cual las plantas de purines tendrían derecho a recibir una retribución, antes de finalizar este año más de la mitad de las 33 instalaciones existentes habrían ya alcanzado o superado dicha nueva vida útil regulatoria. Además, muchas de ellas han estado inactivas durante parte de 2014, así como en 2015 y 2016.

Por otra parte, el Ministerio para calcular esta nueva vida útil regulatoria de 15 años habría considerado que, de forma genérica, una planta de tratamiento de purines funciona 8.000 horas/ anuales. Incluso antes de la reforma regulatoria de 2014 pocas plantas han logrado tales niveles de actividad, dado que supondría que estarían funcionando de forma constante y a plena carga durante 11 meses de producción ininterrumpida.

En este sentido, la CNMC recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo no requiere al Ministerio que modifique la vida útil regulatoria de las plantas y, en todo caso, los cambios propuestos no estarían adecuadamente justificados.

Finalmente, en cuanto a los precios del gas natural que se tienen en cuenta para retribuir la operación de estas plantas, la CNMC señala que se debería adoptar un criterio homogéneo. Así, en cada momento se utilizaría el mejor valor disponible, en función de datos reales, siempre que esto fuera posible.

La propuesta del Ministerio incluye una serie de precios reales y estimados, de forma que el ajuste por las bajadas en el coste de combustible registradas entre el primer y segundo semestre de 2016 se podría repercutir a las plantas de purines dos veces, en lugar de una. Este desfase podría prolongarse, en el peor de los casos, hasta finales de 2019.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s